Torrelaguna
La declaración de los niños se produjo mediante un sistema de circuito cerrado de televisión, a fin de evitar la confrontación visual de los menores con el imputado.
La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a una pena de 65 años de prisión a Juan José R. A., que en junio de 2011 raptó en Torrelaguna a dos hermanos de 8 y 10 años (violando además a la niña) para tratar de matarlos luego al abandonarlos en un pozo.
La Sección Segunda considera acreditado que el acusado cometió dos
delitos de tentativa de asesinato (38 años), dos delitos de
detención ilegal (12 años) y un delito de violación (15 años) que
suman un total de 65 años de prisión.
La condena se completa con indemnizaciones de 500.000 y 300.000 €
por daños morales a los menores, así como con sanciones penales
accesorias que establecen medidas cautelares de alejamiento y de
libertad vigilada.
Con ello, el tribunal impone la pena reclamada por la fiscalía al
inicio del juicio y rechaza los atenuantes alegados por la defensa
de Juan José R.A.(que ya fue condenado en 1983 a 23 años de cárcel
por una violación) de alteración psíquica así como por intoxicación
etílica y consumo de drogas.
En el auto se expone que las pruebas periciales practicadas
incluyen conclusiones «contundentes» y remarcan que «no existe base
para considerar» que ni la toxicomanía ni el alcoholismo invocados
por la defensa del acusado «afecten a la capacidad intelectual o
volitiva de Juan José R. A., que le hagan merecedor de
circunstancia modificativa de responsabilidad alguna». Además, en
el cargo de violación se considera acreditado el agravante de trato
«vejatorio y degradante».
El ya condenado abordó ese año a los hermanos, de origen rumano, y
les dijo que se acercaran a su coche con la excusa de que les iba a
regalar un perrito. Tras secuestrarlos, los llevó a una parcela y
arrojó a uno de los niños a un pozo de unos dos metros de altura.
Tras ello, se llevó a su hermana a una casa abandonada y la violó.
A continuación, la arrojó desnuda al pozo junto a su hermano.
Al ver que aquel no era demasiado profundo, decidió arrojarlos a
otro pozo de unos ocho metros de profundidad que se encontraba
dentro de una caseta de obra.
En la vista oral del juicio, celebrado el pasado marzo, se visionó
la grabación de la entrevista de declaración realizada a los dos
menores como prueba preconstituida, con el objetivo de proteger la
intimidad de los niños y que no tuvieran que pasar por la
experiencia de declarar en una sala de vistas, según recuerda el
Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).
La citada grabación se practicó en las dependencias del Juzgado de
Violencia sobre la Mujer de Torrejón de Ardoz, mediante el sistema
de circuito cerrado de televisión, a fin de evitar la confrontación
visual de los menores con el imputado, conforme a lo aconsejado por
los psicólogos de la Guardia Civil sobre el modo de llevar a cabo
la exploración de los menores en sede judicial.
El día en que se celebró la prueba preconstituida, los niños, con
sus psicólogos, se encontraban por separado en el despacho del
secretario judicial y los restantes asistentes en la sala de
vistas, estando presente el imputado, asistido por su abogada; la
letrada de la Acusación Particular, el Ministerio Fiscal, Juez
Instructor y dando fe de todo lo actuado el Secretario Judicial. El
acto quedó registrado en soporte digital, con el sistema de
grabación aludido, así como con los medios técnicos de la grabación
de la Benemérita.